La Corte Suprema respaldó a un residente del Condominio Terranova Plaza Ossandón, en La Reina, al permitirle mantener una malla de seguridad en su balcón y revocar una multa impuesta por la administración del edificio. Este caso resalta la importancia de la seguridad infantil en entornos residenciales y las tensiones entre regulaciones de convivencia y necesidades individuales.
El residente instaló la malla para proteger a su hijo pequeño de caídas, priorizando su seguridad. En noviembre de 2023, la administración le notificó que la instalación violaba el reglamento de copropiedad, argumentando que alteraba la estética del edificio. Sin embargo, el residente decidió no retirar la malla, reafirmando que su principal preocupación era la seguridad de su hijo.
A pesar de su insistencia, la administración envió un segundo aviso en enero de 2024, reiterando la solicitud de retiro y anunciando una multa de 3 UF, que se sumó a los gastos comunes del mes. Justificaron la sanción señalando que la seguridad debe ser compatible con la estética del condominio, subrayando que el reglamento prohíbe cualquier modificación que altere el aspecto visual del edificio.
El residente, viendo que sus preocupaciones eran desestimadas, llevó el caso ante los tribunales. En su defensa, argumentó que la malla no debía equipararse con elementos prohibidos por el reglamento, como ropa colgada o aparatos visibles. También calificó la multa de arbitraria y desproporcionada.
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En primera instancia, la Corte de Santiago rechazó el recurso de protección, indicando que la instalación no estaba prohibida, pero debía cumplir con normas estéticas. Consideraron que la multa no era ilegal ni arbitraria, ya que formaba parte de las reglas acordadas por la comunidad.
Sin embargo, al revisar el caso, la Corte Suprema revocó el fallo de la Corte de Santiago, argumentando que la malla tenía un propósito legítimo: proteger a un niño pequeño. Determinó que la malla no afectaba gravemente la estética del edificio y que el reglamento no prohibía expresamente estas medidas de seguridad.
La Corte también destacó la existencia de proyectos de ley que buscan hacer obligatorio el uso de mallas de seguridad en departamentos donde habitan menores, reforzando la necesidad de proteger a los niños. Este contexto enfatiza la importancia de priorizar la seguridad infantil en la normativa de convivencia.
Con esta decisión, la Corte Suprema permite al residente mantener la malla, subrayando que las necesidades de seguridad deben considerarse dentro del marco de las regulaciones de convivencia. La resolución también deja abierta la posibilidad de que ambas partes puedan recurrir a otras instancias legales, como el Juzgado de Policía Local, si lo consideran necesario.
Este caso pone de relieve la complejidad de las dinámicas en comunidades residenciales, donde las preocupaciones individuales sobre seguridad pueden entrar en conflicto con las normas colectivas. La decisión de la Corte Suprema es un paso importante hacia un enfoque más equilibrado que prioriza la seguridad sin desestimar la estética y el bienestar general de la comunidad.